No Todas las Propinas son Libres de Impuestos: Lo que Debes Saber sobre la Ley H.R.1

En la edición de agosto de 2025 del "Chisme Financiero", abordamos el tema de la nueva Ley H.R.1, también conocida como "The One Big Beautiful Bill". Sabiendo que nuestros clientes son lo más importante y que su bienestar financiero es nuestra prioridad, les enviamos esta información directamente a sus domicilios para que estuvieran informados sobre los cambios clave que impactan en sus finanzas.

El tema principal de este mes es la creencia de que las propinas ya no están sujetas a impuestos. Sin embargo, la respuesta corta es un claro "no". La ley introduce una deducción para el impuesto federal, pero todavía se deben pagar otros impuestos. Tanto los empleados como los empleadores siguen siendo responsables de deducir y pagar los impuestos de Medicare y Social Security. La responsabilidad de los impuestos estatales sobre las propinas calificadas también se mantiene.

Puntos Clave sobre la Deducción de Propinas

  • La deducción puede solicitarse en su declaración de impuestos individual y es retroactiva al 1 de enero de 2025.

  • El tope de propinas que califican para la deducción es de $25,000.

  • Las propinas recibidas en una ocupación que acostumbraba recibirlas regularmente antes del 31 de diciembre de 2024, califican.

  • Las propinas con tarjeta de crédito y en efectivo califican.

  • Las propinas que son parte de cargos por servicio obligatorios o gratuidades impuestas, como las de grupos grandes, están excluidas.

¿Quién No Califica para el Crédito?

Es crucial saber que si usted declara impuestos usando un ITIN (Número de Identificación Tributaria Individual), no calificará para el crédito de "No Impuesto a Propina". Esto también se aplica a los "hogares mixtos", donde un miembro de la pareja usa un ITIN y el otro un Seguro Social.

Un Recordatorio Importante: La Extensión de Impuestos

El boletín también destaca que si solicitó una extensión para presentar sus impuestos, la fecha límite es el 15 de octubre de 2025. Es fundamental recordar que una extensión para presentar no es una extensión para pagar. El IRS puede cobrarle una multa mensual del 5% si no presenta o paga, con un total de hasta el 25%.

Si desea leer o descargar el boletín completo para no perderse ningún detalle, aquí se lo dejamos.

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